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La libertad religiosa es un derecho de toda persona a vivir según los dictados de su conciencia y el sentido que ha encontrado para su vida. Como todo derecho humano, solo puede ser condicionado por el respeto a los derechos de los otros.El derecho a la libertad religiosa no está logrado en el mundo hoy. En 38 países existe persecución religiosa por los gobiernos o grupos fundamentalistas. Una de cada 3 personas vive en un país sin libertad religiosa. En América Latina ha habido ataques a iglesias o grupos religiosos. Cuando hablamos de libertad religiosa, no nos referimos solo a la libertad individual de creer y practicar la religión decidida. Incluye la libertad para educar a los hijos en la propia religión, el derecho a elegir y formar a los ministros religiosos, la comunicación con comunidades de otros países, la construcción de edificios religiosos, la propiedad y uso de los bienes necesarios, la divulgación de su fe, el “manifestar libremente el valor peculiar de su doctrina para la ordenación de la sociedad y para la vitalización de toda actividad humana.” (Declaración sobre libertad religiosa del Concilio Vaticano II, 4), que no haya coacción o discriminación para obligarlos a abandonar, cambiar u ocultar su fe (6), y que la autoridad civil no pretenda dirigir ni impedir los actos religiosos (3).El Concilio reconoce que la misma Iglesia a veces no ha res-petado esta libertad, pero siempre ha defendido que la fe no se impone por la fuerza (12).La nueva Constitución cubana en su artículo 57 dice: “Toda persona tiene derecho a profesar o no creencias religiosas, a cam-biarlas y a practicar la religión de su preferencia, con el debido respeto a las demás y de conformidad con la ley”. Con ello, afirma el derecho individual a la libertad religiosa. Pero no considera la dimensión social de este derecho.En su carta sobre la nueva Constitución, los obispos cubanos comentan que la libertad religiosa debe significar: “la libertad de cada persona de vivir conforme a los valores de la fe que profe-sa, de expresarlos públicamente, teniendo por límite el respeto al otro”. “En nuestro caso concreto esta libertad implica, además, el reconocimiento jurídico de la Iglesia y de su identidad y misión pro-pias, lo que incluye la posibilidad de dar a conocer su enseñanza moral de acuerdo al Evangelio, de acceder de modo sistemático a los medios de comunicación, la libertad de enseñanza y de evangelización, de construir edificios y de adquirir y poseer bienes ade-cuados para su actividad; y la libertad de asociarse para fines no solo estrictamente religiosos, sino también educativos, culturales, de salud y caritativos.” (Mensaje del 2 febrero 2019)Hemos dado un paso hacia constituirnos en un moderno Esta-do laico, pero nos falta avanzar en esa dirección. Laico no significa sin religión, sino que reconoce la diversidad religiosa de sus ciuda-danos. Y no solo individualmente, sino como grupos organizados en religiones o sin ninguna religión. En este sentido, tenemos aún camino por andar.
Ora con la Palabra
Domingo 17 de enero: II del Tiempo Ordinario
Jn 1,35-42
“...vieron donde vivía, y pasaron con Él el resto del día…”.
Lunes: Hb 5,1-10 / Sal 110 (109) / Mc 2,18-22
“...hay que echar el vino nuevo en cueros nuevos”.
Martes: Hb 6,10-20 / Sal 111 (110) / Mc 2,23-28
“...tiene autoridad también sobre el sábado”.
Miércoles: Hb 7,1-3.15-17 / Sal 110 (109) / Mc 3,1-6
“...su mano quedó sana”.
Jueves: Hb 7,25 al 8,6 / Sal 40 (39) / Mc 3,7-12
“iTú eres el Hijo de Dios!”.
Viernes: Hb 8,6-13 / Sal 85 (84) / Mc 3,13-19
“...eligió entre ellos a doce, para que lo acompañaran...”.
Sábado: Hb 9,2-3.11-14 / Sal 47 (46) / Mc 3,20-21
“...decían que se había vuelto loco”.
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